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Como efectuar denuncia ante el "maltrato de animales

AMIGOS: quería comentarles que contamos con 3 instrumentos jurídicos que reprimen el maltrato animal:

La Ley Penal de Protección Animal 14346

Código Contravencional de la Ciudad de Bs. As. Art. 56 (Solo Argentina)

A nivel Internacional: La Declaración Universal de los Derechos de los Animales.


De estos 3 instrumentos, en caso de necesitar efectuar una denuncia, debemos invocar La LEY 14.346, Y no aceptar que la autoridad policial ( obligada a tomar la misma) lo haga aplicando el art. 56 del código contravencional. la diferencia entre estas categorías jurídicas, es que una contravención, no representa un delito, sino que implica violar normas de convivencia, por lo que las sanciones a aplicar irán desde el apercibimiento hasta la multa. distinta es la ley 14.346 que tipifica los distintos casos de maltrato y la muerte como delito y reprime tales actos con pena de prisión.
Hecha esta aclaración jurídica, les cuento que en caso de presenciar maltrato, crueldad o muerte de un animal, basta con llamar sin cargo desde el celular al 911, donde deberá presentarse autoridad policial, estando obligada a tomar la denuncia por " infracción a la ley 14.346" ( no aceptar hacer una exposición civil, ya que en ese caso, estarían tomando el hecho como contravención ). tampoco aceptar que el policía determine el delito, ya que es competencia de la fiscalía de turno caratular el expte. de acuerdo al tipo legal correspondiente. la función policial comienza con la obligación de tomar la denuncia y termina con el anoticiamiento de la misma al fiscal de turno. digo esto, porque muchas veces, y no por mala voluntad, los agentes se ponen en el lugar de jueces y abogados que no son.y en la denuncia, es vez de ser nosotros quienes contamos lo ocurrido, queda plasmada la interpretación que de la misma hizo la autoridad policial.

Este tipo de delito es de acción pública, por lo que una vez iniciada la denuncia, es el estado, el que se encarga de oficio de continuar con la causa. nosotros no tenemos nada más que hacer, aunque sí nos van a citar desde sede judicial para ratificar la denuncia, en caso de no ir, la misma se archiva y es como sino la hubiésemos hecho.

A tener en cuenta que muchas veces vemos maltrato de caballos con los carritos de los cartoneros. por favor denuncien.
otro caso frecuente son veterinarias que venden animales y los tienen en condiciones aberrantes, en estos casos, la competencia corresponde a la municipalidad, por lo que la denuncia deberá efectuarse en el gcba.
hace un tiempo una conocida, compró un lindo monito en medio de la ruta.......esto tb. está prohibido. es tráfico de animales silvestres que deben vivir en su hábitat. los pajaritos que vemos a diario en jaulas tb. están dentro de esta categoría. sólo los perros y gatos pueden vivir con el hombre.
En este caso las denuncias se realizan en la sede central de la policía 911 (URUGUAY) SI VEZ QUE EL CONDUCTOR DE UN CARRITO MALTRATA A SU CABALLO, en caso de animales domesticos, llevas al mismo al VETERINARIO para constatar las lesiones o el fallecimiento, solicitas el certificado correspondiente y te diriges a la COMISARIA mas proxima (donde sucedio el hecho), y radicas la denuncia.



. Aquí el resto.

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